- Según recoge el real decreto 1598/2004, de 2 de julio, por el que se modifica el reglamento general de conductores, aprobado por el real decreto 772/1997, de 30 de mayo, todo solicitante de permiso de conducción, cualquiera que sea su clase, deberá poseer y demostrar que posee un conocimiento razonado y una buena comprensión, de al menos, las materias que a continuación se indican:
- La vigencia y las actitudes con respecto a los demás usuarios: su importancia.
Necesidad de una colaboración entre los usuarios: no molestar, no sorprender, advertir, comprender, prever los movimientos de los demás.
- Las funciones de percepción, de evaluación y de toma de decisiones, principalmente el tiempo de reacción y las modificaciones de los comportamientos del conductor vinculados a los efectos del alcohol, drogas, medicamentos, enfermedades, estados emocionales, fatiga, sueño y otros factores.
- Los principios relativos al respeto de las distancias de seguridad entre vehículos, a la distancia de frenado y a la estabilidad del vehículo en la vía, teniendo en cuenta las diferentes condiciones meteorológicas o ambientales, las características de los distintos tipos y tramos de vía y el estado de la calzada.
- Los riesgos de las condiciones vinculados a los diferentes estados de la calzada y especialmente sus variaciones según las condiciones atmosféricas y la hora del día o de la noche.
- La vía: clases de vía y partes de la vía. Características de los diferentes tipos de vía y las disposiciones legales derivadas de ello.
- La conducción segura en túneles.
- Los riesgos específicos relacionados con la inexperiencia de otros usuarios de la vía y con los usuarios más vulnerables, como por ejemplo los peatones (especialmente los niños, las personas de edad avanzada o discapacitadas, las personas ciegas o sordas), los ciclistas, los conductores de ciclomotores, de motocicletas, de coches de minusválidos y otros.
- Los riesgos inherentes a la circulación y a la conducción de los diversos tipos de vehículos y las diferentes condiciones de visibilidad de sus conductores.
- Los elementos mecánicos relacionados con la seguridad de la conducción y, en particular, poder detectar los defectos más corrientes que puedan afectar a los sistemas de dirección, suspensión, ruedas, frenos y neumáticos, alumbrado señalización óptica (luces, indicadores de dirección, catadióptricos) y escape, a los retrovisores, lavaparabrisas y limpiaparabrisas, y a los cinturones de seguridad y las señales acústicas.
- Los equipos de seguridad de los vehículos, especialmente la utilización de los cinturones de seguridad, reposacabezas y equipos de seguridad destinados a los niños.
- La utilización del vehículo en relación con el medio ambiente: uso adecuado de las señales acústicas, conducción económica y ahorro de combustible, limitación de emisiones contaminantes y otras medidas a tener en cuenta por el conductor para evitar la contaminación ambiental.
- Las disposiciones legales y reglamentarias en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, especialmente las que se refieren a la señalización, reglas de prioridad y limitaciones de velocidad.
- Normativa relativa a los documentos administrativos necesarios para circular conduciendo un vehículo a motor: documentos relativos al conductor, al vehículo y, en su caso, a la carga transportada.
- Factores y cuestiones de seguridad relativos a la carga del vehículo y a las personas transportadas.
- Los accidentes de circulación: factores que intervienen. Causas más frecuentes de los accidentes.
- Normas generales sobre el comportamiento que debe adoptar el conductor en caso de accidente (señalizar, alertar) y medidas y primeros auxilios que puede adoptar, si procede, para socorrer a las víctimas de accidentes de circulación.
- Precauciones necesarias al abandonar el vehículo.
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